Colombia mayor: Listados de beneficiarios suspendidos en el programa 2023

Colombia mayor: Listados de beneficiarios suspendidos en el programa 2023-JEYINFORMA

El programa Colombia mayor recientemente realizó anuncios de los beneficiarios suspendidos, consulte aquí si está en los listados:

Listados de suspendidos Colombia mayor

Aquí te presentamos las alcaldías que han anunciado los listados:

  1. Alcaldía de Villeta: La alcaldía anuncio a los suspendidos y sugirió acercarse a la unidad de desarrollo social o comunicase con el programa directamente.

  • Alcaldía municipal de pivijay-magdalena: La alcaldía sugiere acercarse a la oficina de secretaria de salud, desde las 8:00 a.m. para más información.

Tenga en cuenta que los beneficiarios suspendidos tienen un plazo máximo de 90 días para presentarse, ya que, si no, perderán el subsidio definitivamente.

  • Alcaldía municipal de Caparrapí: La alcaldía solicita a los beneficiarios de los listados acercarse o comunicarse a los canales de atención de la alcaldía municipal.

¿Como levantar la suspensión del programa Colombia mayor?

Si te hayas dentro del registro de suspensiones, es fundamental cumplir con un conjunto de requisitos documentales en el respectivo Enlace Municipal a fin de gestionar la solicitud de reactivación en el programa.

Debes llevar los documentos, pero antes debes conocer el motivo de la suspensión, de eso dependerá los documentos que deberás presentar:

1. Suspendidos por concepto de renta, pensión o subsidio, entre otros motivos: Para solicitar la reactivación en el programa, se requieren certificaciones originales emitidas por las Entidades Prestadoras de Servicio de Salud y de Pensiones y Riesgos Profesionales.

Dichas certificaciones deben contener información detallada, incluyendo el estado actual del beneficiario, las fechas de ingreso y/o retiro si aplican, así como el Ingreso Base de Cotización (IBC).

En el caso específico de solicitudes relacionadas con pensión, se debe adjuntar la resolución original emitida por la entidad pertinente, así como una fotocopia de la cédula de identidad actualizada por ambas caras.

Estos documentos son esenciales para el proceso de reactivación en el programa y deben ser presentados en el Enlace Municipal correspondiente.

2. Suspendidos debida a motivos relacionados con la Registraduría:

Para solicitar la reactivación en el programa en caso de suspensión por razones de la Registraduría, se requiere la presentación de los siguientes documentos:

  • Fotocopia ampliada al 150% y legible de la cédula de identidad por ambos lados.
  • Certificado expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el cual se encuentra disponible en el sitio web oficial de la Registraduria.

En situaciones de fallecimiento, será necesario proporcionar una copia del registro civil de defunción o un certificado emitido por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).

3. Suspendidos por falta de cobro:

Para solicitar la reactivación en casos de suspensión por falta de cobro, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Una denuncia de pérdida de cédula ante la Policía Nacional, acompañada de la certificación de la Registraduría Nacional del Estado Civil que indique que la cédula extraviada está en proceso de trámite.
  • En caso de enfermedad durante el período de no cobro, se requiere la presentación de una historia clínica que certifique el estado de salud del beneficiario durante ese período.

Estos documentos son esenciales para el proceso de reactivación en el programa y deben ser presentados en el Enlace Municipal correspondiente.

Consejos para evitar ser suspendidos en Colombia mayor

La pérdida del subsidio se aplicará en los siguientes escenarios:

  1. Fallecimiento: En caso de que el beneficiario fallezca, el subsidio se suspenderá automáticamente. Esto garantiza que los recursos se destinen a quienes realmente los necesitan.
  2. Proveer información falsa o intentar cometer fraude para mantener el subsidio: La integridad del programa es fundamental. Aquellos que proporcionen información incorrecta o intenten engañar para mantener el subsidio perderán el derecho a recibirlo.
  3. Recibir una pensión o renta que supere el límite establecido: Para mantener la equidad en la distribución de los recursos, se suspende el subsidio cuando el beneficiario cuenta con ingresos superiores al límite establecido.
  4. Acceder a otro subsidio a la Vejez que, en conjunto con el actual, exceda la mitad del salario mínimo: La acumulación de subsidios por encima de cierto umbral no está permitida, para garantizar que los recursos se distribuyan de manera eficiente.
  5. Ejercer la mendicidad como actividad productiva: Aquellos que opten por la mendicidad como fuente de ingresos no pueden mantener el subsidio, ya que el programa busca brindar apoyo a quienes no tienen otras alternativas.
  6. Cambiar de residencia: Un cambio de residencia sin notificación puede afectar la entrega adecuada del subsidio. Por lo tanto, es importante informar sobre cualquier cambio de domicilio.
  7. No cobrar cuatro giros consecutivos (o dos giros para municipios con pago bimestral): La falta de cobro de los giros programados puede indicar que el beneficiario ya no requiere el subsidio o que ha perdido acceso al programa por otros motivos.
  8. Retirarse voluntariamente del programa: Los beneficiarios que opten por retirarse voluntariamente del programa pueden hacerlo, pero deben entender que, al hacerlo, perderán el derecho al subsidio.

Estas circunstancias determinarán la pérdida del subsidio en cumplimiento de las políticas y regulaciones establecidas.

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