El Programa de Devolución del IVA ha compartido información vital a través de su enlace municipal designado sobre las fechas de pagos y novedades.
En este momento, se encuentra activo el proceso de carga y aprobación de novedades correspondientes al programa, cuya implementación está programada para el segundo periodo de pagos en el año 2023.
Este programa representa un apoyo significativo para los hogares elegibles, permitiéndoles recibir una devolución de los impuestos pagados.
Te animamos a seguir leyendo la información que viene a continuación para resolver cualquier pregunta que tengas acerca de las fechas de pago, requisitos y criterios de liquidación para este año 2023.
Tabla de Contenido
¿Qué paso con los pagos del subsidio devolución del IVA?
El Programa de Devolución del IVA se encuentra en pleno funcionamiento, ofreciendo a los hogares beneficiarios la oportunidad de recibir un alivio financiero a través de pagos correspondientes a los impuestos indirectos que han pagado durante sus compras diarias.
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Proceso de registro y fechas de pagos Devolución del Iva
El proceso de registro y pago se encuentra dividido en dos momentos clave para este año.
Primer Momento de Pago:
La primera semana del mes de septiembre marcará el inicio del primer momento de pago del Programa de Devolución del IVA.
Durante este período, los hogares beneficiarios recibirán montos equivalentes a los tres primeros ciclos de pago correspondientes a la vigencia 2023.
Esto representa un importante apoyo económico que contribuirá a aliviar la carga financiera de las familias elegibles.
Segundo Momento de Pago:
El segundo momento de pago está programado para los meses de octubre o noviembre, y se aplica únicamente a los hogares que no hayan recibido los pagos correspondientes a los ciclos 1, 2 y 3 en el primer momento de pago.
Esta medida busca asegurar que todas las familias beneficiarias tengan la oportunidad de acceder a los recursos destinados a este programa.
Requisitos y Beneficiarios del Subsidio Devolución del IVA
Los pagos se otorgarán exclusivamente a los titulares de los hogares elegibles que hayan sido reconocidos como beneficiarios según las reglas establecidas en la resolución 0356 de 2022.
Es importante destacar que se liquida únicamente a hogares elegibles, y no se considerarán giros no cobrados anteriores a la fecha de marca “no vigente” que haya sido asignada a los hogares.
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Criterios Específicos de Pago
- Hogares que hayan cobrado tres giros en el ciclo 6 no serán elegibles para el presente ciclo de pagos.
- Hogares que hayan cobrado dos giros en el ciclo 6 (uno acumulado y uno ordinario) recibirán un único giro en este ciclo.
- Hogares programados que no cobraron en el ciclo 6 serán programados con un máximo de dos giros no cobrados, incluyendo el ciclo 6.
- Hogares registrados en el grupo A del SISBEN IV que no hayan sido programados en el ciclo 6 recibirán un máximo de un giro no cobrado, sujeto a disponibilidad presupuestal.
En fin el Programa de Devolución del IVA representa un importante alivio financiero para los hogares elegibles, permitiéndoles recibir reembolsos por los impuestos indirectos que han pagado.
Con el sistema de cargue y aprobación de novedades ahora en funcionamiento y los dos momentos de pago definidos para este año, se espera que más hogares puedan beneficiarse de esta iniciativa gubernamental.
Es fundamental que los hogares elegibles estén atentos a los plazos y requisitos establecidos para asegurarse de recibir el apoyo financiero al que tienen derecho.
Para obtener más información y detalles específicos, se recomienda ponerse en contacto con prosperidad social es la entidad encargada de la administración del programa.