La focalizacion en devolucion del IVA la dió a conocer Prosperidad social en a resolución 2023, En la cual habla muy detalladamente de este tema y otros mas. Para conocer los requisitos de las nuevas focalizaciones debemos tener en cuenta los siguientes puntos:
Criterios de focalización en Devolución del IVA
Los hogares que cumplan con alguno de los dos criterios siguientes serán incluidos en el sistema de información del programa devolución del IVA como un hogar registrado:
- Serán focalizadas aquellas familias que estén registradas en el Sisbén IV en el grupo A, que registra a las personas en condición de extrema pobreza, y también deben cumplir con el requisito de no tener ningún miembro de su familia que haga parte del programa familias en acción o el programa Colombia mayor.
- Serán focalizadas aquellas familias que estén registradas en el Sisbén IV en el grupo B. Específicamente en los subgrupos B1 hasta el B4 qué se encuentran en pobreza moderada. Al igual que no debe registrar ningún integrante de la familia como un beneficiario del programa familias en acción o el programa Colombia mayor.
Tenga en cuenta que el estar registrado en el Sisbén IV no le aseguran recibir algún subsidio, ya que el Sisbén es solo una herramienta para la identificación de los potenciales beneficiarios y no funciona como un medio para el acceso directo al programa devolución del IVA o cualquier otro subsidio. en la focalizacion en devolucion del iva tambien unos hogares de priorización.
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Hogares que tienen priorización de focalización en Devolución del IVA
Existe un orden en el cual se le da prioridad y Focalización en devolución del IVA a ciertos hogares que estén en el listado de potenciales beneficiarios, este orden se guía por el nivel de pobreza y por otros criterios específicos que tiene el programa, el orden para la priorización es el siguiente:
1. Primeramente, se tiene a aquellos hogares que son parte del Sisbén IV y que se encuentran en los subgrupos A1, A2, A3, A4, A5, B1, B2, B3, B4.
2. De segundo están los hogares que cumplan con los criterios mencionados en el primer punto, y al mismo tiempo estos hogares se ordenarán por el nivel de pobreza que tengan dependiendo del subgrupo en el cual esté registrado en el Sisbén.
3. De tercero están aquellos hogares que cumplen con los criterios mencionados anteriormente Y estos se ordenarán o se les dará prioridad de acuerdo con el número de integrantes menores de edad que tengan en su hogar de acuerdo con el Sisbén.
4. De cuarto están todos los hogares que cumplan con los criterios anteriores en orden y se les dará prioridad al que tenga mayor número de integrantes en el programa Colombia mayor en lista de espera.
5. De quinto están los hogares que cumplan con todos los criterios mencionados anteriormente, Y se les dará prioridad a los que se encuentren registrados como víctimas del desplazamiento forzado para esto se revisará en el registro único de víctimas y en la reparación integral a las víctimas.
6. De sexto están los hogares que cumplan con los criterios anteriores, al igual que los niños del hogar estén en programas del ICBF.
7. De séptimo están los hogares que cumplan con los criterios mencionados anteriormente y adicional que en su hogar se encuentren personas con alguna condición de discapacidad.
8. De octavo se encuentran aquellos hogares que cumplan con los criterios mencionados anteriormente en orden y se les dará prioridad a aquellos hogares que tengan como titular de familia a una mujer.
9. Y por último son aquellos hogares que cumplan con los criterios mencionados anteriormente en orden y además que cuenten con integrantes indígenas, esto se verificará en el censo indígena del ministerio del interior.
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Estos criterios de focalización en devolución del IVA priorizados se tendrán en cuenta a partir del 2024 y se revisará todo lo mencionado anteriormente dos veces al año, para registrar nuevos potenciales beneficiarios, con el fin de poder llegar a los más necesitados y en condiciones de pobreza.